Matorras acompañó importante ley que obliga el uso de casco
En la sesión del día miércoles 4 de julio, la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Entre Ríos aprobó una ley que prohíbe la venta de combustibles en las estaciones de servicios :
Según el artículo primero, queda prohibida en la provincia de Entre Ríos la venta de combustible, en las estaciones de servicios y expendedoras de combustible, a todo conductor de ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos motorizados, y a sus acompañantes, que al momento de la carga no utilicen en la cabeza el casco protector reglamentario, según dispone la Ley Nacional de Tránsito Ley 24.449.
Del mismo modo, en su artículo segundo, la ley especifica que las estaciones de servicios y expendedoras de combustibles deberán colocar carteles, en lugar visible para los conductores y/o acompañantes, con el siguiente texto: “Está prohibida la venta de combustibles a los conductores de vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos motorizados y a sus acompañantes, que no circulen con el casco reglamentario debidamente colocados".
Finalmente, la ley, en su artículo tercero, invita a los municipios y comunas de la provincia a adherir a la presente ley.
Prensa Senador Rubén Matorras